Santa Fe | Aprueban la modificacion del Codigo de Faltas
ahora se llamará "Código de Convivencia"
La Legislatura santafesina superó -este jueves 9 de agosto- un vacío legal que llevaba ya más de un año y medio: convirtió en Ley el nuevo Código de Convivencia, producto de largas negociaciones entre ambas Cámaras que tienen visiones diferentes sobre el tema.
La nueva norma deja atrás la denominación “de Faltas” para convertirse en “de Convivencia”, y si bien avanza notablemente en lo procedimental a la reforma le resta terminar con ciertas figuras retrógradas que antes se castigaban con el calabozo, y que todos los legisladores cuestionan: aún son faltas o se supone que dañan la convivencia -según la ley- “el travestismo” o la “mendicidad”.
El principal cambio es que ahora diferentes actores que se van a encargar de llevar adelante la investigación y la acusación por una parte y la decisión de dictar sentencia por otra.
En el viejo Código de Faltas el mismo juez, “de faltas”, resumía en su persona ambas funciones. Aquel sistema no respetaba las garantías constitucionales al debido proceso y convertía al acusado casi automáticamente en culpable.
Los sucesivos cuestionamientos constitucionales en primera y en segunda instancia llevaron a que no pudiera seguir aplicándose el compendio legal santafesino. Y a fines de 2016 una sentencia de la Corte ordenó reformarlo.
“El Código de Faltas es como un Código Penal en miniatura”, simplificó el senador Lisandro Enrico (UCR-General López) al hablar de las diferencias entre faltas y delitos, así como de las competencias nacionales y de las provinciales.
En otras palabras: las Provincias sí pueden determinar qué constituye y qué no una falta. En cambio, los delitos están contenidos en el Código Penal (nacional).
Enrico explicó desde su banca que el nuevo nombre del Código es obra de las modificaciones que los diputados le hicieron al proyecto original. El senador pidió las reformas por primera vez en 2013, y desde entonces no había logrado avances.
Ahora, además de su texto se incorporó un mensaje del Poder Ejecutivo y otros proyectos presentados en la Cámara baja: uno de Leandro Busatto (PJ), otro de la bancada socialista y finalmente un quinto de Cesira Arcando (Cambiemos). La negociación entre Cámaras -y entre Poderes- permitió avanzar: el Senado aceptó los cambios hechos en Diputados que fueron consensuados.
Municipios y comunas
La investigación estará a cargo de los fiscales del Ministerio Público de la Acusación (MPA), pero como se sabe que no siempre es factible contar con la presencia de un fiscal para actuar ante una falta, música a todo volumen a altas horas de la noche -por ejemplo-, también podrán actuar como acusadores los municipios y las comunas.
La norma busca tener efectos prácticos concretos. Y permitir que el vecino que es violentado en su convivencia deje de sufrir ese perjuicio. En ese sentido, la actuación de la policía también será clave ya que tendrá otra vez facultades para actuar: podrá incautar los elementos que hayan sido usados para cometer una falta (verbigracia: el aerosol de pintura usado para dañar una estatua o una pared) y además podrá aprehender (no detener) por hasta 12 horas al infractor.
Fallos
Todos los jueces penales serán receptores de las causas comprendidas por el código, pero en aquellas poblaciones más alejadas que no tengan estos juzgados tomarán esos casos los llamados jueces de pequeñas causas.
La norma aprobada dispone el aumento de cargos de fiscales para atender las nuevas tarifas que recaen sobre el MPA. En otro rasgo de notable sentido común, la Ley dispone que si la labor de los fiscales de una jurisdicción está abarrotada de otras causas, a las que se generen por contravenciones al Código de Convivencia podrán quedar a cargo de los asesores legales de ese órgano. Los abogados que trabajan para el MPA, que no son fiscales, podrán atender esas denuncias.
Del arma blanca al aviso de bomba
Enrico distinguió entre faltas y delitos. Y explicó que desde portar un arma blanca (un objeto cortante) hasta tirar basura sistemáticamente fuera de los lugares y los horarios establecidos por las normas de convivencia están comprendidas en el Código reformado.
El mal comportamiento en un espectáculo deportivo, maltratar o dañar las señales de tránsito o la infraestructura pública, arrojar basura, las llamadas mal intencionadas a los bomberos o los servidores públicos, las amenazas de bombas tan comunes en las escuelas, las ofensas en la vía pública, el acoso sexual callejero (verbal), la “ebriedad molesta”, el juego no autorizado, la contaminación de los ríos, la faena sin autorización son faltas al Código de Convivencia.
Lo mismo ocurre ahora con la conducción peligrosa que se aplica a aquellos que -sin haber producido ninguna colisión-, amén de la multa correspondiente, pueden ser acusados de cometer una falta a la convivencia por poner en riesgo a los demás.
La edad baja a los 16 años
El punto más duro de la discusión entre los senadores y los diputados fue el de la edad en la que se considera que una persona puede ser acusada de haber cometido una falta.
El viejo Código planteaba que eso era posible solo a partir de los 18 años. Al cabo de varios intentos, el Senado impuso su criterio y Diputados aceptó bajar ese límite a los 16 años.
Sin embargo, la Cámara baja impuso ciertos criterios diferentes para quienes comentan faltas entre los 16 y los 18 años.
En esos casos, los jueces actuantes no podrán aplicar el arresto sino otro tipo de medidas como los trabajos comunitarios o algún tipo de restricción (por ejemplo para que no puedan ingresar a los estadios de fútbol si han cometido allí alguna falta).
fuente: El Litoral
ASI FUE LA SESION
Situacion actual
Hasta que no sea promulgada y regulada por el gobierno provincial, sigue vigente el anterior "CODIGO DE FALTAS".
BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA la policía puede delegar su función de seguridad al municipio, sea con la ley actual o con la nueva.
hace unos días atrás acá se publico como es una llamada al 911 y como la policía delegaba su función de seguridad en el municipio y como evitaba la llegada de la denuncia a la justicia con la escusa que "solo podemos dar recomendaciones".
Incumplir una ley delegando su poder de policía o asumiendo su papel de juez por parte de una fuerza de seguridad es suspender la constitución.
La Legislatura santafesina superó -este jueves 9 de agosto- un vacío legal que llevaba ya más de un año y medio: convirtió en Ley el nuevo Código de Convivencia, producto de largas negociaciones entre ambas Cámaras que tienen visiones diferentes sobre el tema.
La nueva norma deja atrás la denominación “de Faltas” para convertirse en “de Convivencia”, y si bien avanza notablemente en lo procedimental a la reforma le resta terminar con ciertas figuras retrógradas que antes se castigaban con el calabozo, y que todos los legisladores cuestionan: aún son faltas o se supone que dañan la convivencia -según la ley- “el travestismo” o la “mendicidad”.
El principal cambio es que ahora diferentes actores que se van a encargar de llevar adelante la investigación y la acusación por una parte y la decisión de dictar sentencia por otra.
En el viejo Código de Faltas el mismo juez, “de faltas”, resumía en su persona ambas funciones. Aquel sistema no respetaba las garantías constitucionales al debido proceso y convertía al acusado casi automáticamente en culpable.
Los sucesivos cuestionamientos constitucionales en primera y en segunda instancia llevaron a que no pudiera seguir aplicándose el compendio legal santafesino. Y a fines de 2016 una sentencia de la Corte ordenó reformarlo.
“El Código de Faltas es como un Código Penal en miniatura”, simplificó el senador Lisandro Enrico (UCR-General López) al hablar de las diferencias entre faltas y delitos, así como de las competencias nacionales y de las provinciales.
En otras palabras: las Provincias sí pueden determinar qué constituye y qué no una falta. En cambio, los delitos están contenidos en el Código Penal (nacional).
Enrico explicó desde su banca que el nuevo nombre del Código es obra de las modificaciones que los diputados le hicieron al proyecto original. El senador pidió las reformas por primera vez en 2013, y desde entonces no había logrado avances.
Ahora, además de su texto se incorporó un mensaje del Poder Ejecutivo y otros proyectos presentados en la Cámara baja: uno de Leandro Busatto (PJ), otro de la bancada socialista y finalmente un quinto de Cesira Arcando (Cambiemos). La negociación entre Cámaras -y entre Poderes- permitió avanzar: el Senado aceptó los cambios hechos en Diputados que fueron consensuados.
Municipios y comunas
La investigación estará a cargo de los fiscales del Ministerio Público de la Acusación (MPA), pero como se sabe que no siempre es factible contar con la presencia de un fiscal para actuar ante una falta, música a todo volumen a altas horas de la noche -por ejemplo-, también podrán actuar como acusadores los municipios y las comunas.
La norma busca tener efectos prácticos concretos. Y permitir que el vecino que es violentado en su convivencia deje de sufrir ese perjuicio. En ese sentido, la actuación de la policía también será clave ya que tendrá otra vez facultades para actuar: podrá incautar los elementos que hayan sido usados para cometer una falta (verbigracia: el aerosol de pintura usado para dañar una estatua o una pared) y además podrá aprehender (no detener) por hasta 12 horas al infractor.
Fallos
Todos los jueces penales serán receptores de las causas comprendidas por el código, pero en aquellas poblaciones más alejadas que no tengan estos juzgados tomarán esos casos los llamados jueces de pequeñas causas.
La norma aprobada dispone el aumento de cargos de fiscales para atender las nuevas tarifas que recaen sobre el MPA. En otro rasgo de notable sentido común, la Ley dispone que si la labor de los fiscales de una jurisdicción está abarrotada de otras causas, a las que se generen por contravenciones al Código de Convivencia podrán quedar a cargo de los asesores legales de ese órgano. Los abogados que trabajan para el MPA, que no son fiscales, podrán atender esas denuncias.
Del arma blanca al aviso de bomba
Enrico distinguió entre faltas y delitos. Y explicó que desde portar un arma blanca (un objeto cortante) hasta tirar basura sistemáticamente fuera de los lugares y los horarios establecidos por las normas de convivencia están comprendidas en el Código reformado.
El mal comportamiento en un espectáculo deportivo, maltratar o dañar las señales de tránsito o la infraestructura pública, arrojar basura, las llamadas mal intencionadas a los bomberos o los servidores públicos, las amenazas de bombas tan comunes en las escuelas, las ofensas en la vía pública, el acoso sexual callejero (verbal), la “ebriedad molesta”, el juego no autorizado, la contaminación de los ríos, la faena sin autorización son faltas al Código de Convivencia.
Lo mismo ocurre ahora con la conducción peligrosa que se aplica a aquellos que -sin haber producido ninguna colisión-, amén de la multa correspondiente, pueden ser acusados de cometer una falta a la convivencia por poner en riesgo a los demás.
La edad baja a los 16 años
El punto más duro de la discusión entre los senadores y los diputados fue el de la edad en la que se considera que una persona puede ser acusada de haber cometido una falta.
El viejo Código planteaba que eso era posible solo a partir de los 18 años. Al cabo de varios intentos, el Senado impuso su criterio y Diputados aceptó bajar ese límite a los 16 años.
Sin embargo, la Cámara baja impuso ciertos criterios diferentes para quienes comentan faltas entre los 16 y los 18 años.
En esos casos, los jueces actuantes no podrán aplicar el arresto sino otro tipo de medidas como los trabajos comunitarios o algún tipo de restricción (por ejemplo para que no puedan ingresar a los estadios de fútbol si han cometido allí alguna falta).
fuente: El Litoral
ASI FUE LA SESION
Situacion actual
Hasta que no sea promulgada y regulada por el gobierno provincial, sigue vigente el anterior "CODIGO DE FALTAS".
BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA la policía puede delegar su función de seguridad al municipio, sea con la ley actual o con la nueva.
hace unos días atrás acá se publico como es una llamada al 911 y como la policía delegaba su función de seguridad en el municipio y como evitaba la llegada de la denuncia a la justicia con la escusa que "solo podemos dar recomendaciones".
Incumplir una ley delegando su poder de policía o asumiendo su papel de juez por parte de una fuerza de seguridad es suspender la constitución.
fuente: Santa Fe Necesita Descansar 10/08/18Así funciona la policía en Santa Fe @MinSegSF un llamado, se niegan a enviar el móvil. se delegan la fuerza policia a la @SantaFeCiudad por eso estamos como estamos @MiguelLifschitz pic.twitter.com/TFHYFg1OXn
— Santa Fe ND (@SantaFeND) 28 de julio de 2018
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